miércoles, 16 de junio de 2010

K=M, cuando no había monopolio... año 2005

Página/12
Lunes, 30 de mayo de 2005

La urgencia del Gobierno en medios

Por ciencias de la comunicacion *

El viernes 20 de mayo, sorpresivamente y sin que mediara ninguna discusión ni reclamo público, el gobierno nacional sancionó el Decreto 527/05 que establece la suspensión del plazo de licencias de empresas de radiodifusión por 10 años. De esta manera, los actuales propietarios de medios se ven beneficiados por una medida ( Cablevision Clarín por si no queda Claro)   que suspende el cómputo de los plazos que la ley otorga de quince más diez de prórroga por única vez extendiendo por otros diez el término original.
Ante esta decisión, que supone la definición de una línea de política comunicacional de parte del Gobierno acorde a los intereses de los propietarios de medios de comunicación, la Dirección y la Junta de la Carrera de Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires rechazan y deploran la sanción del Decreto 527/2005 por los siguientes motivos:

- Una vez más, la política de comunicación se resuelve por decreto, sin discusión pública. Mientras la ley de radiodifusión 22.285/80, sancionada por la dictadura militar, sigue vigente y excluyendo de la posibilidad de ser propietarios a gran parte de los miembros de la sociedad argentina (en particular a las organizaciones sin fines de lucro), el Gobierno otorga un beneficio inaudito a los propietarios de medios de comunicación que formaron grandes grupos concentrados durante la década de los ’90.

- Así, por decreto, se ignoran plazos y condiciones de extensión de los mismos, debido a que para su prórroga se requiere el cumplimiento de compromisos asumidos por los licenciatarios. Tampoco se toman en cuenta las sanciones existentes ni las irregularidades en las titularidades que, hasta las propias autoridades, han hecho públicas: tanto por origen del capital como por la cantidad de medios en un área de cobertura.

- El Decreto 527/2005 beneficia especialmente a quienes tenían licencias que vencían indefectiblemente en el año 2007, luego de 25 años, dado que habían sido renovadas automáticamente durante la dictadura militar en 1982.

- Los beneficiarios de esta medida han sido quienes ganaron los concursos apoyados, en muchos casos en las leyes discriminatorias de los gobiernos militares y, en otros, en las reformas neoliberales de la década de los años ’90. En la mayoría de los casos de los actuales titulares de los medios más poderosos, el único mérito para llegar a ser licenciatarios ha sido contar con fondos suficientes o créditos tomados (sobre todo en el exterior) para comprar canales y radios.

- La metodología del decreto, aunque criticable, pudo haber sido usada antes que para esta decisión de conservadora política de comunicación, para modificar el artículo 45 de la ley de radiodifusión, que sigue excluyendo a los sectores no comerciales de la posibilidad de tener una licencia. Hace 20 años que esta reforma es esperada. En la Argentina, la ley de la dictadura militar excluye a las entidades sin fines de lucro de la posibilidad de ser licenciatarios. Si bien este artículo 45 fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema en el año 2003, sigue vigente porque el Congreso no aprueba su reforma. Sin embargo, para el Gobierno tiene más necesidad y urgencia de prorrogar el plazo de las licencias de los poderosos que permitir que la sociedad civil pueda acceder a los medios de comunicación.

- La suspensión del plazo implica que todos los argentinos, que hoy no son propietarios de medios de comunicación, deberán esperar 10 años más para intentar formar parte del sistema de radiodifusión, salvo que se abran nuevos canales de televisión y radios.

- Algunas empresas de medios se han beneficiado –especialmente– porque el programa de pagos de la refinanciación de sus deudas excede el término de sus licencias y, por lo tanto, no se podía asegurar su cumplimiento. Este cambio de escenario facilita su programa económico-financiero.

- El Decreto 527/05 otorga la suspensión del plazo de las licencias sin establecer ninguna contraprestación de parte de los beneficiarios. Es irrisorio pedir al mercado que haga propuestas de responsabilidad de contenidos y culturales. No sólo porque la Constitución Nacional (art. 75 inc. 19) obliga a promover el espacio audiovisual nacional y la ley vigente ya lo exige y no se cumple, sino, también, porque la defensa de los servicios y productos de la cultura audiovisual requiere políticas activas y definidas. No resulta convincente plantear que los beneficiarios de esta medida ilegal propongan como contrapartida espacios educativos. Para los Estados, alentar la creación de estos espacios es un mandato emanado de la Convención Universal de Derechos del Niño, así como el fomento al pluralismo y a la defensa de la diversidad de minorías lingüísticas.

- Es un pretexto fijar obligaciones de actualización de tecnologías para extender los plazos. Si fuera posible considerarlo como argumento, y con la velocidad de las innovaciones, las licencias deberían ser eternas, desconociendo que utilizan un recurso escaso como las frecuencias radioeléctricas, cuya administración corresponde al Estado Nacional.

- No es tampoco aceptable sostener que esto asegura fuentes de empleo o libertad de prensa. Los procesos de concentración no lo hicieron. Tampoco lo garantizan las tecnologías. Sí lo hacen el pluralismo, la diversidad y la democratización de la palabra y las expresiones culturales y artísticas.

- Luego de este decreto, el tratamiento de una posible ley de la democracia queda más lejos aún que antes. Los grupos concentrados ya tienen lo que necesitaban. El Poder Ejecutivo dio muestras claras de no estar dispuesto a discutirla: lo único que entiende necesario y de urgencia lo resuelve con su sola y única voluntad.

* Esta columna reproduce un documento colectivo aprobado en reunión de la junta y la dirección de la carrera de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Buenos Aires. El director es Damián Loretti.

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